Sancionan a comercio y lo obligan a resarcir económicamente a una consumidora

Ante un reclamo por incumplimiento de la garantía de mantenimiento y reparación de un equipo informático, la Subsecretaria de Comercio y Defensa del Consumidor de Corrientes aplicó por primera vez en la provincia una compensación económica por daño directo equivalente al valor de 3 Canastas Básicas para el Hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC), a favor de la denunciante: unos 4.800 pesos.
Adicionalmente la Subsecretaría aplicó, tanto a la firma vendedora (sucursal de una cadena nacional de venta de artículos electrónicos y electrodomésticos) como a la firma que extendió el seguro de garantía (compañía aseguradora integrante de un grupo económico financiero nacional e internacional), las correspondientes multas por infracción a los artículos 11°, 12°, 13° y 17° y concordantes de la Ley 24.240 y modificatorias.
Cabe señalar que de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor, se considera daño directo a todo perjuicio o menoscabo al derecho del usuario o consumidor, susceptible de valoración económica, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o sobre su persona por acción u omisión del proveedor de bienes o prestador de servicios.