Gas Decreto 2.067: Usuarios ya no podrán pedir refacturación en gas y luz

Gas Decreto 2.067: Usuarios ya no podrán pedir refacturación en gas y luz

 

Con la aprobación del Presupuesto para 2013, los consumidores ya no podrán atenerse a los fallos de la Justicia que permiten no pagar el costo del gas importado o el precio de la energía sin subsidio. Los fallos de segunda instancia que resultaron de amparos requeridos por la Defensoría del Pueblo de la Nación habilitan hasta ahora a los usuarios a presentarse en cada bimestre en la oficina comercial de la prestadora y pedir la refacturación sin el cargo del gas importado creado por el Decreto 2.067 de 2008 y a calcular la electricidad al precio mayorista vigente hasta noviembre de 2008.

Estas posibilidades quedarán de hecho eliminadas cuando se apruebe el Presupuesto de 2013 y se lo convierta en ley. Esto es así porque en el artículo 53 se modifica el artículo 1 de la Ley 26.095. Ésta es la norma por la que se autorizó en 2006 la creación de cargos específicos en las tarifas de gas y luz para el desarrollo de obras de infraestructura energética.

Punto final

Ahora, según explicó ASAP (Asociación de Presupuesto y Administración Financiera Pública), la Ley 26.095 considerará objetivo prioritario y del interés del Estado nacional a «las importaciones de gas natural y de todo otro insumo necesario para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias».

El informe de ASAP también indicó que el artículo 54 del Presupuesto establece que el cargo tarifario y el fondo fiduciario para atender las importaciones de gas natural creados por el Decreto 2067 se regirán por lo previsto en la Ley 26.095.

En otras palabras, el cargo por el costo del gas importado pasa a ser aprobado por ley, con lo cual el Poder Ejecutivo busca poner punto final al litigio de la inconstitucionalidad del Decreto 2067. Esto es así porque los demandantes en todo el país (además del defensor del pueblo de la Nación) basaron sus presentaciones en la Justicia en que el cargo opera como un impuesto que debió ser aprobado por el Congreso, por lo cual el decreto que lo crea es inconstitucional.

A nivel de localidades y de algunas provincias, la Justicia llegó a pronunciarse por la cuestión de fondo y declaró inconstitucional el Decreto 2067. En el plano nacional, la Justicia en segunda instancia sólo llegó hasta el dictado de una medida cautelar que permite a los consumidores pedir la refacturación a las distribuidoras.

La situación parecía no tener otra salida que un fallo de la Corte Suprema, pero el Gobierno está a punto de legitimar el cargo por la importación de gas incorporándolo como objetivo prioritario de la Ley 26.095.

Con el precio mayorista de la energía, las dificultades del Ejecutivo en la Justicia son menores, porque los amparos de la Defensoría del Pueblo de la Nación se basan en que los valores fueron fijados abruptamente y con aumentos desmedidos. Además, la modificación de la Ley 26.095 considera objetivo prioritario no sólo la importación de gas natural, sino también la de «todo otro insumo necesario». La frase incluye a las compras de combustibles líquidos en el exterior para las generadoras térmicas, por lo cual también quedaría cerrado el litigio sobre las facturas eléctricas.

Hasta este año, sólo una ínfima cantidad de los consumidores había pedido la refacturación de los servicios ateniéndose a las cautelares de la Justicia. Con las excepciones que el Gobierno había establecido para los meses de mayor consumo del invierno, el impacto en las facturas no era lo suficientemente importante como para que los usuarios fueran a realizar el trámite en las oficinas comerciales.

Ese panorama cambió este año a partir de la eliminación de los subsidios a ciertas áreas del país, sobre todo en Capital Federal y Gran Buenos Aires, que se consideran de alto poder adquisitivo. La quita de los subsidios y nuevos aumentos en el costo del gas importado y en el precio de la energía a nivel mayorista originaron facturas de montos significativos, con ajustes de más del 300%. A partir de eso, aumentó el número de personas que tramitaron la refacturación de los servicios.

Desde enero de 2013 ya no podrán hacerlo, aunque la Justicia deberá dictaminar sobre los pagos no realizados en los años anteriores para que el Gobierno pueda reclamar lo no abonado.

4/9/12 Fuente: Ámbito Financiero